miércoles, 4 de marzo de 2009

NUEVO COMUNICADO DE LA COMISIÓN PARITARIA

Como ya sabéis COMFIA-CCOO conjuntamente con UGT, interpusieron un conflicto colectivo para hacer que la patronal se ajuste a lo pactado en el Convenio Colectivo en materia de subida salarial, el ya conocido 2,25% resultante de la previsión de inflación del gobierno 2% más el 0.25% pactado en el convenio.

03-03-2009 - Tras la última paritaria de interpretación del Convenio Colectivo, algunas empresas, siguiendo una estrategia acordada por la patronal con el fin de tratar de confundir a los trabajadores, han comunicado a la reprensentación de los trabajadores que han decidido incrementar, de forma unilateral a sus trabajadores un 1,25% las tablas salariales, incluyendo dentro de sus comunicaciones mensajes tales como “para desbloquear esta situación de conflicto, y no perjudicar a los trabajadores ” en otros casos “con ánimo de buena voluntad”… A lo mejor, aún piensan que todos vamos a decir ¡ Pero que requetebuenos que son los empresarios que nos dan 1,25 y se quedan el 1% para ellos !Solo manifestarles que este conflicto se desbloquea pagando lo pactado: el 2,25%.Si alguien ve un sensible incremento en su nómina, que no piense que es un agraciado trabajador al que su empresa le ha pagado el 2,25%, cantidad que le corresponde por Convenio Colectivo, se debe al 1,25% que ya os hemos comentado. Por otro lado sabemos que algunas empresas que no pertenecen a la ACce si que están pagando el 2,25%. El día 2 de Marzo de 2009, acudimos al SIMA y como era de esperar, no llegamos a ningún tipo de solución. Con este panorama solo nos quedó transmitirles que “nos vemos en los tribunales”. Por lo anteriormente expuesto y hasta que una sentencia nos conceda lo que las empresas nos niegan, seguiremos convocando una serie de concentraciones de Delegados de COMFIA-CCOO conjuntamente con UGT en las empresas más representativas del sector, empezando por aquellas que integran la Paritaria del Convenio.

viernes, 6 de febrero de 2009


Artículo 65.- IV Convenio Colectivo Estatal del Sector de Contact Center.-

La trabajadora víctima de violencia de género que se vea obligada a abandonar el puesto de trabajo en la localidad donde venía prestando sus servicios, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, tendrá derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo grupo profesional o categoría equivalente, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo.
En tales supuestos, la empresa estará obligada a comunicar a la trabajadora las vacantes existentes en dicho momento o las que se pudieran producir en el futuro.
El traslado o cambio de centro de trabajo tendrán una duración inicial de seis meses, durante los cuales la empresa tendrá la obligación de reservar el puesto de trabajo que anteriormente ocupaba la trabajadora.
Terminado este período, la trabajadora podrá optar entre el regreso a su puesto de trabajo anterior o la continuidad en el nuevo. En este último caso, decaerá la mencionada obligación de reserva.
No se computarán, a los efectos del artículo 52, d) del Estatuto de los Trabajadores, como faltas de asistencia las provocadas por violencia física o psicológica derivada de violencia de género, acreditada por los servicios sociales de atención o servicios de salud, según proceda.

MEDIDAS DE APOYO A LAS VÍCTIMAS

Ø Se reconoce a la víctima el derecho a la reducción del tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, a la suspensión de relación laboral con reserva del puesto de trabajo y la extinción del contrato. En estos dos últimos casos con derecho a cobrar el subsidio de desempleo.
Ø Se establece un programa de reinserción laboral para víctimas, con cobro de rentas activa. Para quienes no pueden seguir el programa, se establece una ayuda económica en función de edad y responsabilidad familiar.

Ø Las ausencias laborales por agresiones generarán derecho a prestaciones por incapacidad.

Ø Ayudas ligadas a la formación de las mujeres agredidas para escapar de la dependencia económica de sus verdugos.

Ø Prioridades de acceso a viviendas de protección oficial.

Ø Bonificaciones adicionales a las empresas que las contraten.

Ø Homologación de los servicios de atención a las mujeres maltratadas en todas las comunidades y ayuntamientos para garantizar que todas las víctimas tienen los mismos recursos.

Ø Adaptación de las actuales casas de acogida para convertirse en centros de recuperación integral que ofrezcan terapia psicológica, seguimiento legal, apoyo social y educativo.
DERECHOS QUE TIENE RECONOCIDOS LA VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA LEY ORGÁNICA 1/2004, DE 28 DE DICIEMBRE

1.- DERECHO A LA INFORMACIÓN.
2.- DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA.
3.- DERECHO A LA ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL.
4.- DERECHOS LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL.
5.- DERECHO A LA PERCEPCIÓN DE AYUDAS SOCIALES.
6.- ACCESO A LA VIVIENDA Y RESIDENCIAS PÚBLICAS PARA
MAYORES.

PARA OBTENER LA ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN CONCRETA Y PORMENORIZADA SOBRE LOS SERVICIOS Y DERECHOS SEÑALADOS EN LOS APARTADOS 3, 4, 5 Y 6 PODRÁ CONTACTAR CON LOS SIGUIENTES TELÉFONOS:

EL TELÉFONO CONFIDENCIAL
016

U.P.A.P.(Jefatura Superior de la Policía de Valencia)
96353965 / 652
Oficina de Víctimas del Delito Ciudad De la Justicia
961927154 / 961927381
Oficina de Víctimas del Delito Ciudad De la Justicia
961927154 / 961927381
Ayuntamiento de Valencia
010 ext.4421-963981821
Urgencias
09 – 092 – 062 – 112
Teleasistencia
963695037 / 900222292
Centro de la Mujer 24 horas
900580888

SI NECESITAS MAS INFORMACIÓN CONTACTA CON NOSOTR@S

Comité de Empresa de Teletech Valencia
UGT.- Lunes mañanas y tardes y Jueves por la tarde
CGT.- Miércoles mañana y tarde y Viernes mañana y tarde
CC.OO.- Martes mañana y tarde y Jueves tarde

Comité de Salud Laboral
Despacho de RR.LL

martes, 3 de febrero de 2009

COMITÉ DE EMPRESA INFORMA
COMUNICADO 5º
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En el día de hoy la Comisión Paritaria de Seguimiento del Convenio Colectivo de Contac Center, formada por las Confederaciones Estatales de los Sindicatos firmantes, han interpuesto un CONFLICTO COLECTIVO a la Patronal del Sector, para obligarle por Ley a la aplicación del incremento del I.P.C. para 2009, y para que ejecuten los abonos pactados de incremento del 2,25% en el salario, así como los atrasos por el mismo incremento del 2008.
Este CONFLICTO COLECTIVO, es el primer paso del proceso de Denuncia para la aplicación de estos aumentos y el pago de los atrasos, según se establece en el artículo 45 del Convenio, sobre Incrementos Salariales.
Os mantenemos Informados.

jueves, 29 de enero de 2009

COMITÉ DE EMPRESA INFORMA

COMUNICADO 4º

ANTE LAS CONTINUAS INPROCEDENCIAS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CAMBIOS PRODUCIDOS EN ÉSTA PLATAFORMA A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE TELETECH VALENCIA Y ANTE LA ÚLTIMA COMUNICACIÓN DE ANULACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN EN RUMANO Y ÁRABE,

ESTE COMITÉ SUGIERE A LOS TRABAJADORES AFECTADOS
QUE NO FIRMEN NINGUN DOCUMENTO QUE LES OBLIGUE A LA ACEPTACIÓN DE LA NOTIFICACIÓN POR PARTE DE LA EMPRESA:
EN TODO CASO ÉSTE COMITÉ RECUERDA A LOS TRABAJADORES/AS QUE TIENEN EL DERECHO DE SOLICITAR UN REPRESENTANTE DEL COMITÉ DE EMPRESA ANTE TAL ENTREGA DE NOTIFICACIÓN SEGÚN PROCEDIEMIENTO LEGAL
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martes, 27 de enero de 2009

COMUNICADO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONTACT CENTER



CONVENIO COLECTIVO DE CONTACT CENTER:
"MAL EMPEZAMOS, NOS QUIEREN ROBAR"


No perdiendo sus buenas costumbres la patronal nos propone llegar a un acuerdo por debajo del 2%, planteando que firmemos el 0,5%, después de actualizar los salarios del 2008 a la baja (con el IPC al 1,4%).
El día 22 de enero se ha mantenido una reunión de la Comisión Paritaria de Interpretación para tratar el tema de la revisión salarial de las tablas del año 2009.
El articulo 45 de Convenio Colectivo de Contact Center sobre incrementos salariales dice:
Punto 3: año 2009.- Todos los conceptos salariales comprendidos en el convenio , y una vez actualizados los salarios al 31-12-2008, se incrementarán en un porcentaje igual al objetivo o previsión de Inflación del Gobierno para el año 2009, más 0,25 puntos con carácter retroactivo al 1-1-2009.
Nuestra Patronal, manteniéndose en la actitud cicatera que siempre les ha caracterizado, pretenden enmendarle la plana al Gobierno en cuanto a la previsión de inflación que aparece recogida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, que como en años anteriores es el 2%.
No perdiendo sus buenas costumbres nos proponen llegar a un acuerdo por debajo del 2%, planteando que firmemos el 0,5%, después de actualizar los salarios del 2008 a la baja (con el IPC al 1,4%).
Los sindicatos que componen ésta Comisión Paritaria: Federaciones Nacionales de CC.OO. y U.G.T., no dieron crédito a esta propuesta tan IMPRESENTABLE, dejando clara nuestra postura de que no vamos a admitir el incumplimiento de lo pactado y la rebaja de los salarios de los trabajadores y trabajadoras por debajo de la previsión del Gobierno, ya que hemos argumentado y aportado documentación demostrando que esta claro dicho porcentaje de Previsión de Inflación, y que por tanto, en aplicación de la cláusula de revisión de nuestro Convenio deben aplicar el 2% a las tablas del año 2008 (más el 0,25%).
Obviando los argumentos de CC.OO. y U.G.T., la Patronal ha planteado, con cierta Chulería, que o firmamos a la baja o que los trabajadores no cobraremos subida salarial.
Vista la buena disposición de nuestra Patronal, CC.OO. y U.G.T. han dado por concluida la reunión, informándoles que tomaremos las medidas legales oportunas y que su postura mísera crea una situación de conflicto con los trabajadores y trabajadoras del Sector, la cual nos obliga a emprender acciones colectivas que llevaremos al ámbito de las empresas.
No vamos a dejar que pisoteen nuestros derechos.
Martes 27 de enero de 2009

sábado, 24 de enero de 2009

RUMOROLOGÍA

Sobre la rumorología que constantemente se practica en nuestra empresa hay que tener en cuenta, sobre todo aquellos que hemos practicado en alguna ocasión el juego del teléfono, que aunque es una dinámica que se utiliza para detectar de qué manera se puede, variar, modificar y hasta manipular información, deciros que en un espacio, donde el tiempo de consultas de cualquier noticia, rumor u/o información, está siempre sujeto a espacios de tiempo reducidos y a constantes interpretaciones, según quién lo escuche y sobre todo según quien lo cuente....
Siempre puede haber desde malas escuchas, hasta malas interpretaciones, inclusive, hasta presuntas malas manipulaciones.
Por eso os invitamos, siempre ante cualquier duda sobre acontecimientos como los que nos están motivando que éste comité se haya puesto a desarrollar métodos de comunicación de la información que anulen en lo posible la “difusión de los rumores”….. Os reiteramos que ante cualquier duda, siempre podéis contar con cualquier Delegado o Delegada del Comité de Empresa para que os informen verazmente sobre los acontecimientos que se están sucediendo en estos días.

jueves, 22 de enero de 2009

COMITÉ DE EMPRESA INFORMA:

COMUNICADO 3


TRAS LA REUNIÓN DEL COMITÉ DEL 22 DE ENERO DE 2009 SE LE HA VUELTO A SOLICITAR A LA EMPRESA LA INFORMACIÓN LEGAL NECESARIA PARA ESTE CAMBIO DE HORARIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE.

LA EMPRESA AYER NOTIFICÓ POR ESCRITO A LOS TRABAJADORES AFECTADOS DICHO CAMBIO UNILATERALMENTE.

POR LO QUE ACONSEJAMOS QUE SE FIRME “RECIBI: NO CONFORME” POR FUTUROS INTERESES DE LOS TRABAJADORES.


Os mantenemos informados
Valencia, 22 de Enero de 2009

miércoles, 21 de enero de 2009

A LA ATENCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA TELETECH (Valencia)

Los miembros del Comité de Empresa, por medio del presente escrito se dirigen a la Dirección de la Empresa y como mejor proceda…

DICEN:

Que con fecha 15 de enero de 2009 la responsable de Recursos Humanos (RR.HH) de la empresa informó de palabra a la secretaria del Comité de Empresa de la intención del cliente de modificar la franja horaria del atención al cliente que se presta en el site de Valencia, pasando ésta a ser de 08:00h a 00:00h.

Con fecha 19 de enero de 2009, se informa sobre el número de trabajadores afectados en cada franja horaria indicando la empresa que la solución más viable es la reducción de jornadas ajustándolas a franjas dentro de convenio (es decir adelantar el inicio de la jornada para concluirla antes de las 24 horas).

Otra de las soluciones planteadas por la empresa es el despido o las reducciones de jornada del personal afectado por la decisión del cliente.

Posteriormente la Dirección de la Empresa viene urgiendo a miembros del Comité de Empresa a que se firme un “acta de acuerdo” sin concretar en modo alguno lo que implica para los trabajadores afectados las medidas propuestas por la Dirección.


Es por ello, que el Comité de Empresa expone lo siguiente:

PRIMERO. La Dirección de la Empresa con su proceder en el problema que nos ocupa está conculcando los derechos de información y representación de los trabajadores y sus representantes.

SEGUNDO. El Comité de Empresa urge a la Dirección de la Empresa a iniciar un periodo de información y negociación sobre las consecuencias para los trabajadores por la decisión del mencionado cliente.

TERCERO. El Comité de Empresa ha recomendado a los trabajadores afectados que en el supuesto de que la empresa pretenda hacerles participes de alguna medida no comunicada ni consensuada con los representantes de los trabajadores que se proceda a firmar “recibí no conforme”.

CUARTO. Si por parte de la Dirección de la Empresa no se procede a la apertura del periodo de consultas relacionado con la modificación de horaria que pretende llevar a efecto, el Comité de Empresa en uso de sus derechos de representación pondrá en conocimiento de la AUTORIDAD LABORAL los hechos para que ésta proceda como en derecho corresponda.


Lo que se firma, a los efectos oportunos en Valencia, a 21 de enero de 2009
COMITÉ DE EMPRESA INFORMA:

COMUNICADO 2


TRAS LA REUNION MANTENIDA EL DÍA 19/01/2009 CON LA EMPRESA SE NOS INFORMA QUE VODAFONE ELIMINARA LA ATENCION DE LLAMADAS A PARTIR DE LAS 00:00H.


ANTE ESTA SITUACION SE LE RECLAMA A LA EMPRESA QUE NOS APORTE INFORMACION DEL REQUERIMIENTO DE VODAFONE.


SI ALGUIEN NECESITA INFORMACION ADICIONAL PUEDE CONSULTAR CON L@S DELEGAD@S DE ESTE COMITÉ.



EL COMITÉ DE EMPRESA
Valencia 20 de Enero de 2009